A TODOS LOS COLEGIADOS 

 

CIRCULAR Nº 44/2026

SALIDA: 256

 

Estimados compañeros:

Remitimos esta circular, informando de una de las novedades de la nueva Ley 2/2026, de 12 de marzo, para la Gestión Ambiental de Andalucía, que como os enviamos en la última circular deroga la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, el Decreto 297/1995, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Calificación Ambiental, así como los apartados 1 y apartado 5 del anexo VIII del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada.

Ley 2/2026, de 12 de marzo, para la Gestión Ambiental de Andalucía. 

Una de las novedades es la sustitución de la categoría de Calificación Ambiental por la de Licencia Ambiental, de competencia municipal, reduciendo el número de actividades que requieren esta licencia y aumentando el de las que pueden tramitarse mediante declaración responsable.

La entrada en vigor se producirá el día 20 de Junio de 2026.

 

El nuevo índice de Categorías de actuaciones sometidas a Licencia Ambiental viene definido en el ANEXO I de la Ley 2/2026, de 12 de marzo, para la Gestión Ambiental de Andalucía.

 

Ejemplos:

 

CATEGORÍA

SUBCATEGORÍA

ACTUACIONES

INSTRUMENTO

46

 

Restaurantes, cafeterías, pubs y bares.

DR-EA

 

CATEGORÍA

SUBCATEGORÍA

ACTUACIONES

INSTRUMENTO

68

 

Estaciones de servicio dedicadas a la venta de gasolina y otros combustibles.

LA

 

Nomenclatura:

LA: licencia ambiental.

DR-EA: declaración responsable de los efectos ambientales.

AAI: autorización ambiental integrada.

 

LEY 2/2026, DE 12 DE MARZO, PARA LA GESTIÓN AMBIENTAL DE ANDALUCÍA.

CAPÍTULO II. INSTRUMENTOS DE PREVENCIÓN AMBIENTAL

SECCIÓN 4.ª LICENCIA AMBIENTAL

Artículo 92. Procedimiento de licencia ambiental.

1. La solicitud de licencia ambiental se dirigirá al ayuntamiento competente y se acompañará de:

a) Un proyecto técnico suscrito por persona técnica competente que detalle las características de la actividad o actuación que se pretenda implantar, así como la descripción de su emplazamiento y entorno. Como mínimo deberá contener:

 

1.º Objeto de la actividad.

2.º Emplazamiento, adjuntando planos a escala 1:500 y descripción del edificio en que se ha de instalar. En la descripción del emplazamiento se señalarán las distancias a las viviendas más próximas, pozos y tomas de agua, centros públicos, industrias calificadas, etcétera, aportando planos que evidencien estas relaciones.

3.º Maquinaria, equipos y proceso productivo a utilizar.

4.º Materiales empleados, almacenados y producidos, señalando las características de los mismos que los hagan potencialmente perjudiciales para el medio ambiente.

 

b) Un documento ambiental que detalle la posible repercusión ambiental del proyecto y las medidas protectoras y correctoras que pretenda implantar, indicando el resultado final previsto en situaciones de funcionamiento normal y en caso de producirse anomalías o accidentes. Como mínimo en relación con:

 

1.º Ruidos y vibraciones.

2.º Emisiones a la atmósfera.

3.º Utilización del agua y vertidos, con descripción de tipos, cantidades y composición de los mismos.

4.º Generación, gestión y eliminación de residuos, debiendo describirse los tipos, cantidades y composición de los mismos.

5.º Almacenamiento de productos.

6.º Medidas de seguimiento y control que permitan garantizar el mantenimiento de la actividad dentro de los límites permisibles.

7.º Contaminación lumínica.

 

c) Síntesis de las características de la actividad o actuación para la que se solicita la licencia, cumplimentada, en su caso, en el modelo oficial correspondiente.

d) La valoración del impacto en la salud, cuando sea necesario de acuerdo con la Ley 16/2011, de 23 de diciembre.

e) Justificación del cumplimiento de la legislación ambiental y sectorial aplicable a la actividad y, en su caso, de las ordenanzas municipales que resulten de aplicación.

f) La determinación de los datos que, a criterio del solicitante, gocen de confidencialidad, debiendo justificarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes.

g) Cualquier otro documento que se estime conveniente para precisar o completar cualquier dato, o que sea exigido por los ayuntamientos en sus ordenanzas municipales.

 

Esperando que sea de vuestro interés, recibid un cordial saludo.

 

Fdo. Rafael Fernández Mesa

Decano         

 

COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS TÉCNICOS

INDUSTRIALES DE JAÉN

C/ Doctor Eduardo Arroyo, 17 - 23004 JAÉN

Tlf. movil- 620199327

secretaria@cogitijaen.es

www.coitijaen.es